A partir de hoy, entra en vigor la LO 1/2015 de 30 de Marzo, por la que se modifica la LO 10/1995 de 23 de Noviembre, del Código Penal. Se trata de una reforma de importante calado, la cual ha generado un sinfín de debates, tanto en sede parlamentaria como a nivel social.
No cabe duda de la repercusión y transcendencia de las nuevas medidas que la reforma introduce, por ello en CRG Abogados queremos hacer un pequeño análisis del alcance y las consecuencias que va a suponer las enmiendas llevadas a cabo.
Es evidente que con la entrada en vigor de esta reforma del Código Penal se va a producir una alteración tanto a nivel teórico como práctico, por ese motivo y dada la amplitud de las medidas adoptadas, iremos explicando en las próximas semanas de manera separada e individualizada cada uno de los cambios que nos encontraremos a partir del 1 de julio de 2015.
En este post, nos centraremos en una de las modificaciones más destacadas, que es la referida a la desaparición del Libro III del C.P referente a las faltas. Y es que a partir de su entrada en vigor, dejan de existir las mismas.
Los motivos que aduce el legislador para su supresión se señalan en el Preámbulo de la Ley. Se recurre al principio de intervención mínima del Derecho Penal; parece ser que lo que se pretende es incrementar la eficacia de la justicia penal, facilitando una disminución relevante del número de asuntos menores que podrán encontrar respuesta en la vía civil o administrativa: “el Derecho Penal debe ser reservado para la solución de conflictos de especial gravedad”.
Es obvio que la desaparición de las faltas del Código Penal no ha llevado a la eliminación de éstas ni a su despenalización, pues la mayoría han sido reconfiguradas en delitos leves, y las que menos trasladadas al ámbito del Derecho administrativo o civil.
Esto supondrá por ende una importante repercusión a nivel social que no puede ignorarse, y es que los ahora entendidos como “delitos leves” pasarán a dejar un “manchón” en el historial de los antecedentes penales con el estigma que ello puede suponer.