Resulta indiscutible que la atmósfera es y debe ser un bien común indispensable para la vida respecto de la cual tenemos derecho a su uso y disfrute, pero también la obligación de su conservación. Sin embargo, la contaminación de nuestro entorno, agua, suelos y especialmente el aire, es una realidad tristemente asumida por la sociedad, que prioriza el crecimiento económico en detrimento de la calidad de vida.
Parece que en ocasiones no “queremos” ser consciente de la importancia que tiene por su condición de recurso vital, y las consecuencias que se derivan de su contaminación; pues no sólo provoca daños al medio ambiente, sino que afecta también y especialmente a la salud humana. Y esto es una realidad, porque existe una íntima relación entre el aumento de determinadas enfermedades y la contaminación existente en áreas industrializadas, que viene provocado por el sistema de producción actual.
Por poner un ejemplo – ya que nos toca de cerca – la mortalidad que existe en municipios como Muskiz y Abanto-Zierbena es superior a la existente en el conjunto de la Comunidad Autónoma Vasca, y resulta cuando menos curioso que el origen de estas enfermedades estén estrechamente relacionadas con enfermedades degenerativas y respiratorias. El hecho de que se trate de dos municipios que se encuentran en el área de influencia de una de las más importantes petroleras del norte “parece” que no tiene nada que ver.
Pero lo cierto es que los procesos de industrialización de grandes áreas territoriales han ido provocando impactos negativos en la calidad del aire, lo que ha hecho necesario la articulación de un amplio repertorio de instrumentos legales tendentes a hacer compatible el desarrollo económico y la preservación de los recursos naturales. Lo que se pretende es reducir la contaminación, proteger la capa de ozono y combatir el cambio climático. Sin embargo, si el desarrollo normativo no va acompañado de un esfuerzo de las Administraciones para exigir ese cambio hacia una producción limpia, resultará en cualquier caso, insuficiente.
La Ley 33/2007 prevé diversos sistemas de fomento para la lucha contra la contaminación atmosférica, donde las CCAA, y en su caso, las entidades locales deberán adoptar las medidas de inspección necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas que preserven la calidad del aire y proteger la atmósfera. De este modo, las Administraciones mencionadas, serán a quienes les competa disponer de estaciones de medida u otros sistemas de evaluación de la calidad del aire, debiendo remitir los datos obtenidos en dichas evaluaciones al Ministerio de Medio Ambiente, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones comunitarias e internacionales. El problema es que existen intereses económicos que logran una laxa aplicación de la normativa.
Ni siquiera el régimen sancionador con sus principios inspiradores de “quien contamina paga” o la responsabilidad penal derivada del delito o falta, son en la actualidad mecanismos sólidos que auxilien de manera contundente la protección necesaria que nuestro entorno necesita.
Desde CRG Abogados queremos transmitir la importancia que el medio ambiente tiene en nuestra vida, en la medida en que afecta al aire, a nuestras costas y nuestros suelos. El futuro de nuestros hijos e hijas dependerá de las garantías que existan para la protección del entorno, por eso instamos a todos nuestros lectores para que hagan un ejercicio de concienciación y reflexión, a que se unan en esta batalla para combatir los efectos de la contaminación.